El plan operativo anual de inversiones-POAI, es un instrumento financiero, en el que las Entidades Territoriales señalan los proyectos de inversión, el cual, junto con el plan financiero y el presupuesto anual de rentas y gastos, constituyen el Sistema Presupuestal. A su vez, constituye en el principal vínculo entre el Plan de Desarrollo Territorial y el Sistema Presupuestal, convirtiéndose en el insumo principal para la elaboración del Presupuesto de Gastos de la entidad territorial.
El POAI se elabora con base en la información de los proyectos de inversión que se hubieren registrado en el Banco Nacional de Programas y Proyectos a más tardar el 1° de junio del año anterior al que se está programando, atendiendo las disposiciones de la Programación presupuestal de los proyectos de inversión.
Según se establece en el artículo 8 del Estatuto Orgánico de Presupuesto (Decreto 111 de 1996), el POAI tiene como objeto priorizar los proyectos de inversión, lo que implica que deba guardar estrecha correspondencia entre el
Marco Fiscal de Mediano Plazo y las prioridades definidas en el Plan de Desarrollo.
En relación con el término para su aprobación, en el Estatuto Orgánico de
Presupuesto no establece un procedimiento o cronograma para elaboración de
éste, por tanto, dichos términos podrán ser establecidos en el estatuto de presupuesto que adopte la entidad territorial.
No obstante, teniendo en cuenta que el POAI hace parte del proyecto de
presupuesto de la entidad territorial, en lo que correspondiente al presupuesto de gastos de inversión, con el objeto de dar coherencia a todo el presupuesto del municipio o departamento y debe ser aprobado por el respetivo órgano colegiado, el POAI queda sometido a los tiempos de elaboración y presentación del presupuesto que debe ser radicado en la respectiva asamblea departamental o en el concejo distrital o municipal al inicio del último periodo de sesiones ordinarias, el POAI queda afectado por estos términos.
Por tanto, si bien la ley no establece un término para elaboración del POAI, debe tenerse en cuenta los tiempos para el registro de los proyectos de inversión en el Banco Nacional de Programas y Proyectos, así como el termino para elaborar el Marco Fiscal de Mediano Plazo, su presentación al Consejo de Política Económica y Social (COMPES) (CODPES) o al Consejo de gobierno, y por último la elaboración, presentación y aprobación del presupuesto de rentas y gastos.